Ley y… ¿Salud mental?
Las sociedades se rigen por leyes, que abarcan desde un aspecto natural hasta códigos y normas escritas que buscan el bienestar colectivo y salud mental. La función de la Ley, apropiación del significante “Padre” para el sujeto, puede parecer difuminarse cuando su noción no remite a una, sino a varias; cuando no tiene un alcance simbólico, sino instrumental u ornamental. Síntomas de esta confusión los encontramos en estados donde a falta de una Ley, se escriben muchas leyes, y donde la falta del significante Nombre del Padre intenta ser obturada por cientos de decretos. Empieza, entonces, la pretensión de Un Estado que garantice y que decrete como derechos las demandas colectivas. Una de ellas, la salud.
Al hablar de salud, surge casi por antonomasia el concepto “salud mental”, tan antiguo como las primeras organizaciones mundiales encargadas de salud y salubridad. La relación Estado-salud se ha instaurado de forma rígida y casi unívoca, siendo la segunda competencia directa del primero. Esto permite abrir la pregunta: ¿Cuál es la función del Estado en relación con la salud, y específicamente con la salud mental? Existen diversas perspectivas desde las cuales esta problemática puede ser analizada: las instituciones, la familia y la cultura que rodea y resulta determinante para cada sujeto.
Desde una perspectiva psicoanalítica, el Otro representa este lugar de Ley, siendo determinante para el sujeto, ya que limita su goce e influye sobre su deseo. Las leyes, entonces, tienen la función de inscribir al sujeto en una cultura específica, determinada, en la que pueda dar cuenta y distinguir aquello que es “bueno y malo” para obrar en función de sus exigencias, siempre manteniendo un encuadre desde una moral. Es imperativo, no obstante, subrayar la particularidad de cada uno en sus modos de actuar, pensar y sentir, y el lugar en el que se posiciona la ley. La ley se convierte en lo externo del sujeto, aquello que le rodea y que se desprende de su yo. Como señala Freud (1930), “la patología nos presenta gran número de estados en los que se torna incierta la demarcación del yo frente al mundo exterior, o donde los límites llegan a ser confundidos”. La función de la ley es garantizar un mundo exterior cuyos límites sean claros y que permita al sujeto hacer dicha distinción.
Las instituciones del Estado son las encargadas de esta esquicia, especialmente aquellas que buscan mantener o promover la salud física y mental, ya que, como se mencionó anteriormente, el Estado ha pasado a ser el encargado y garante de la salud en sus diversas acepciones. Vale tomar en cuenta que las instituciones sociales tienen un rol restrictivo sobre el sujeto, ya que inhibe los despliegues de satisfacción pulsional del mismo. Pese a esto, desde un lugar de Otro, generan una influencia, especialmente cuando estas son las que decretan una moral y unos lineamientos específicos de “buena” convivencia social, familiar y personal.
La ley encarnada en estas instituciones se expresa mediante su acción, a través de la estabilidad y la seguridad a nivel interno, que a su vez tendrá repercusiones sobre los ciudadanos y su… ¿salud mental?, brindándoles un sistema que les permite inscribirse en una cultura dentro de una connotación macro. No obstante, la ley debe funcionar dentro de sistemas más pequeños, donde el sujeto convive y en los cuales existe esta apropiación primera de una Ley.
Las familias representan un ente de suma importancia en la vida psíquica del sujeto, al punto de pensar que es su primera institución. Los padres representan el primer Otro del niño (Lerude, 2008) y partícipes indiscutibles de su temprana posición frente al lenguaje, su adjudicación de una ley, y el rol futuro que tendrá en la sociedad. Es preciso hablar de la función de la ley en cuanto a las familias, tomando responsabilidad sobre procesos que les permitan una crianza atravesada por una ley en la cual el niño pueda crecer y estar en capacidad de instaurarse en la cultura y salir de una lógica netamente pulsional. La atribución del Estado en cuanto a la salud, puede tomar como un punto central de intervención a las familias y facilitar su acceso a recursos indispensables para una vida digna.
Estas propuestas, sin embargo, chocan con la realidad de países como el nuestro. Basta levantar la mirada para observar la situación del Ecuador para quedar bombardeado de decretos y leyes (con minúscula) que no hacen más que borrar el espacio intra e intersubjetivo. Como indicaba en un inicio, donde falta una Ley, se escriben en arena decenas, centenas o miles de leyes cuya función se pierde en la interpretación o en el entendimiento de las mismas. Lo único que se facilita es su torcedura para encausarlas en otras lógicas y en otros usos. Sin embargo, este es material de debate para otra ocasión. Muchas de estas leyes y decretos se apoyan de lo “psi” para generar enunciados unívocos y determinar qué es la salud, la salud mental y el bienestar, desechando la (irónica) absoluta particularidad entre un sujeto y otro.
La función de la ley con respecto al tema de salud mental es limitar el espacio que separa al sujeto del mundo externo, y que este mundo externo esté en capacidad de satisfacer sus demandas básicas, permitiendo su salud (como se la quiera entender) y productividad. El trabajo de las instituciones en este sentido es elemental, ya que a través de las mismas se pueden (en una lógica contingente) aplicar las leyes. ¿Cómo lograr esto? El camino es largo e incierto, pero un posible primer paso podría ser aclarar la función de la Ley, no como palabras sueltas e interpretables, sino como significante de la falta que reenvía el trabajo hacia la responsabilidad subjetiva.
Parte de esta responsabilidad subjetiva es distinguir este adentro/afuera con respecto a la ley. De esta forma, se reduce la “Estadodependencia” y se puede renunciar a la demanda de que el Otro nos resuelva la existencia. La intervención de este Otro Estado es posible, sin duda, y en algunos casos puede incluso ser necesaria. Una intervención limitada que permita un trabajo desde la propia responsabilidad. Podemos revisar la situación de sistemas de salud mental de países del primer mundo y su enfoque de atención primaria enfocado en la prevención y no en la remediación. ¿Por qué no?
Psi. Andres Yepez
andresyepez@imagopsicologia.com


